5 de mayo de 2013

Del legislativo


Diálogo en el Infierno entre Maquiavelo y Montesquieu
Maurice Joly

DIALOGO DECIMO

Maquiavelo- Teniendo en cuenta los profundos estudios que debéis haber realizado para la composición de vuestra memorable obra sobre las Causas de la grandeza y de la decadencia de los romanos, no es posible que no hayáis observado el cometido que, a partir del reinado de Augusto, desempeñó el Senado junto a los emperadores.

Montesquieu- Os diré, si me lo permitís, que, a mi entender, las investigaciones históricas no han esclarecido aún totalmente este punto. Lo que hay de cierto es que, hasta los tiempos postreros de la república, el Senado romano fue una institución autónoma, investida de inmensos privilegios, de poderes propios; en ello estribaba el secreto de su poderío, la profunda raigambre de sus tradiciones políticas, el esplendor que proporcionó a la república. A partir de Augusto, el Senado no es más que un instrumento en manos de los emperadores, mas no se percibe con claridad en virtud de qué sucesión de actos lograron despojarlo de su poderío.

Maquiavelo- Si os he rogado que os remitierais a este periodo del Imperio, no es precisamente para elucidar ese misterio de la historia. Es una cuestión que, por el momento, me tiene sin cuidado; todo cuanto quería deciros es que el Senado que yo concibo debería cumplir, junto al príncipe, una función política análoga a la del Senado romano en los tiempos que siguieron a la caída de la república.

Montesquieu- Por supuesto; empero, en esa época la ley ya no se votaba en los comicios populares; se la instauraba a base de senado consultos.¿Es eso, acaso, lo que proponéis?



Maquiavelo- De ninguna manera: ello no estaría acorde con los principios modernos del derecho constitucional.

Montesquieu- ¡De cuánta gratitud os hacéis acreedor por un escrúpulo semejante!

Maquiavelo- Ni tampoco tengo por qué recurrir a ello para decretar lo que juzgue necesario. Ninguna disposición legislativa, bien lo sabéis, puede ser propuesta sino por mí; y, por otra parte, los decretos que dicto tienen fuerza de leyes.

Montesquieu- Es verdad, habíais olvidado este aspecto que, sin embargo, no carece de importancia; pero entonces, no veo con qué fines conserváis el Senado.

Maquiavelo- Colocado en las más altas esferas constitucionales, su intervención directa sólo se hará en circunstancias solemnes; si fuese preciso, por ejemplo, modificar el pacto fundamental, o si estuviese en peligro la soberanía.

Montesquieu- Continuáis empleando un lenguaje muy enigmático. Os complace preparar vuestros efectos.

Maquiavelo- La idea fija de vuestros constituyentes modernos ha sido, hasta este momento, el querer prever todas las cosas, reglamentarlo todo en las constituciones que proporcionan a los pueblos. Yo jamás caería en semejante error; no me encerraría en un círculo impenetrable; solo me definiría en aquellos aspectos que no pueden quedar en el terreno de lo incierto; dejaría un amplio margen de cambio para que haya, en las graves situaciones de crisis, otras vías de salvación que el desastroso expediente de las revoluciones.

Montesquieu- Habláis con extrema cordura.

Maquiavelo- Con respecto al Senado, inscribiré en mi constitución; “Que el Senado reglamente, por medio de un senado-consulto, todo cuanto no está previsto en la constitución y que es necesario para su buen funcionamiento; que especifique el sentido de aquellos artículos de la constitución que dieran lugar a diferentes interpretaciones; que refrende o anule todos aquellos actos que le sean deferidos como inconstitucionales por el gobierno o denunciados por los petitorios de los ciudadanos; que pueda sentar las bases de aquellos proyectos de ley que revistan un gran interés para la nación; que pueda proponer modificaciones de la constitución y que será en tal carácter estatuido por un senado-consulto”

Montesquieu- Todo esto es muy hermoso: un verdadero Senado romano. Quisiera, empero, haceros algunas observaciones acerca de vuestra constitución: queréis decir que estará redactada en términos sumamente vagos y ambiguos para que los artículos que contiene sean susceptibles de diferentes interpretaciones.

Maquiavelo- No es eso, mas es preciso preverlo todo.

Montesquieu- Creía que, al contrario, vuestro principio, en esta materia, era el de evitar preverlo todo y reglamentarlo todo.

Maquiavelo- No en vano el ilustre presidente ha habitado el espacio de Temis, ni vestido inútilmente la toga y el birrete. Mis palabras no tenían otro alcance que este: es preciso prever lo que es esencial.

Montesquieu- Respondedme, os lo ruego: vuestro Senado, intérprete y custodio del pacto fundamental, ¿tendrá acaso poderes propios?

Maquiavelo- Indudablemente, no.

Montesquieu- Entonces, todo cuanto haga el Senado, ¿lo haréis vos mismo?

Maquiavelo- No digo lo contrario.

Montesquieu- Lo que interpretase, lo interpretaríais vos; lo que modificase, lo modificaríais también vos; lo que anulare, seríais vos mismo quien lo anulase.

Maquiavelo- No pretendo defenderme.

Montesquieu- Quiere decir entonces que os reserváis el derecho de deshacer lo que habéis hacho, de quitar lo que habéis dado, de modificar vuestra constitución, sea para bien o para mal, y hasta de hacerla desaparecer por completo si lo juzgáis necesario. No prejuzgo nada acerca de vuestras instituciones, ni de los móviles que en ciertas y determinadas circunstancias pudieran induciros a actuar; os pregunto tan solo qué garantía mínima, por frágil que ella fuese, podrían hallar los ciudadanos en medio de tan inmensa arbitrariedad y, sobre todo, cómo os imagináis que podrían resignarse a soportarla.

Maquiavelo- Advierto en vos, una vez más, la sensibilidad del filósofo. Tranquilizaos, no introduciré ninguna modificación en las bases fundamentales de mi constitución sin someterlas a la aprobación del pueblo por la vía del sufragio universal.

Montesquieu- Mas seríais siempre vos quien juzgaría si la modificación que proyectáis reviste por sí misma el carácter fundamental que haría necesario se la sometiera a la sanción del pueblo. Estoy dispuesto a admitir, sin embargo, que haréis por medio de un derecho o de un senadoconsulto lo que se debe realizar mediante un plebiscito. ¿Permitiréis la discusión de vuestras enmiendas constitucionales? ¿las someteréis a deliberación en comicios populares?

Maquiavelo- Incontestablemente no, si los debates en torno de los artículos constitucionales se realizan alguna vez en las asambleas populares, nada podría impedir que el pueblo, en virtud de su derecho de avocación, se arrogara la facultad de cuestionarlo todo; al día siguiente, la revolución estaría en las calles.

Montesquieu- Al menos razonáis con lógica: entonces vuestras enmiendas constitucionales se presentan en bloque y son aceptadas en
bloque.

Maquiavelo- No hay otro medio, en efecto.

Montesquieu- Pues bien, creo que podemos pasar a la organización del Consejo de Estado.

Maquiavelo- Es verdad, dirigís los debates con la precisión consumada de un presidente de la Corte Suprema. Olvidaba deciros que, así como he rentado a los miembros del cuerpo legislativo, también asignaré una renta a los miembros del Senado.

Montesquieu- Está claro.

Maquiavelo- No necesito agregar que, por supuesto, me reservaría asimismo el nombramiento de los presidentes y vicepresidentes de esta alta asamblea. En lo que atañe al Consejo de Estado, seré más breve. Vuestras instituciones modernas son instrumentos de centralización tan poderosos, que es casi imposible servirse de ellas sin ejercer la autoridad soberana.
¿Qué es, en efecto, de acuerdo con vuestros propios principios, el Consejo de Estado? Un simulacro de cuerpo político destinado a conferir al príncipe un poder considerable, el poder normativo, una suerte de poder discrecional, capaz de servir, si ello es preciso, para dictar verdaderas leyes.
Por lo demás, según me han dicho, el Consejo de Estado está investido entre vosotros de una atribución especial tal vez más exorbitante aún. En materia contenciosa, me han asegurado, tiene el poder de reivindicar por derecho de avocación, de recuperar por propia autoridad, de los tribunales ordinarios, el conocimiento de todos aquellos litigios que entienda son carácter administrativo. De este modo, y para caracterizar en pocas palabras lo que esta última atribución tiene de absolutamente excepcional, los tribunales deben renunciar a juzgar cuando se encuentran en presencia de un acto de autoridad administrativa y esta puede, en el mismo caso, desestimar a los tribunales para someterse a la decisión del Consejo de Estado.
Ahora bien, una vez más: ¿qué es el Consejo de Estado? ¿Posee un poder propio? ¿Es independiente del soberano? En absoluto. No es más que un comité de redacción. Cuando el Consejo de Estado dicta un reglamento, quien lo hace es el soberano; cuando pronuncia un veredicto, es también el soberano el que lo pronuncia o, como decís hoy en día, es la administración, la administración que es juez y parte en la misma causa. ¿Concebís algo más poderoso que esto y creéis que quede mucho por hacer para fundar el poder absoluto en Estados donde encontramos ya, perfectamente organizadas, semejantes instituciones?

Montesquieu- Reconozco que vuestra crítica es bastante certera; no obstante, puesto que el Consejo de Estado es en sí mismo una institución excelente, nada más sencillo que proporcionarle la independencia necesaria aislándola, en una medida determinada, del poder. No es esto, sin duda, lo que vos haréis.

Maquiavelo- En efecto, mantendré la unidad en la institución donde la hallare, la introduciré donde no exista, estrechando de esta manera los vínculos de una solidaridad que considero indispensable. Veis que no nos hemos atascado en el camino, pues he aquí, acabada, mi constitución.

Montesquieu- ¿Acabada ya?

Maquiavelo- Un número reducido de combinaciones ordenadas con inteligencia basta para cambiar totalmente la marcha de los poderes. Esta parte de mi programa está completa.

Montesquieu- Creía que aún tendríais algo que decirme acerca del tribunal de casación.

Maquiavelo- Lo que al respecto tengo que deciros será más oportuno en otro momento.

Montesquieu- Si evaluamos, en verdad, la suma de los poderes que se encuentran en vuestras manos, podéis comenzar a sentiros satisfecho.
Recapitulemos:
Hacéis la ley:
1° en forma de proposiciones al cuerpo legislativo; la hacéis,
2° en forma de decretos;
3° en forma de senado-consultos;
4° en forma de reglamentos generales;
5° en forma de órdenes al Consejo de Estado;
6° en forma de reglamentos ministeriales;
7° en forma, por últmo, de golpes de Estado.

Maquiavelo- No sospecháis, al parecer, que lo que me queda por realizar es precisamente lo más difícil.

Montesquieu- A decir verdad, no; no lo imaginaba.

Maquiavelo- No habéis entonces prestado suficiente atención al hecho de que mi constitución nada dice al respecto de una multitud de derechos adquiridos que serían incompatibles con el nuevo orden de cosas que acabo de implantar. Tal el caso, por ejemplo, de la libertad de prensa, del derecho de asociación, la independencia de la magistratura, el derecho de sufragio, la elección, por las comunas mismas, de sus funcionarios municipales, la institución de la guardia civil, y muchas otras cosas más que deberían desaparecer o sufrir profundas modificaciones.

Montesquieu- Pero ¿no habéis acaso reconocido en forma implícita todos estos derechos, puesto que habéis solemnemente reconocido los principios de los que ellos no son sino la aplicación?

Maquiavelo- Ya os dije que no he reconocido ni principio alguno en particular; por lo demás, las medidas que he de adoptar no son sino excepciones a la regla.

Montesquieu- Excepciones que la confirman, por supuesto.

Maquiavelo- Para ello, empero, debo elegir el momento con extremo cuidado; un error de oportunidad puede desbaratarlo todo. En mi Tratado del Príncipe escribí una máxima que debe servir de norma de conducta en tales casos: “Es imprescindible que el usurpador de un Estado cometa en él de una sola vez todos los rigores que su seguridad le exija, para no tener necesidad de volver a ellos; porque más tarde no podrá ya cambiar frente a sus súbditos ni para bien ni para mal; si debéis actuar para mal, ya no estáis a tiempo, desde el momento en que la fortuna os es contraria; si es para bien, en modo alguno vuestros súbditos os agradecerán un cambio que juzgarán forzado”. Al día siguiente de promulgada mi constitución, dictaré una sucesión de decretos que tendrán fuerza de ley, y que suprimirán de un solo golpe las libertades y los derechos cuyo ejercicio fuese peligroso.

Montesquieu- El momento está en verdad bien elegido. El país vive aún bajo el terror de vuestro golpe de Estado. Vuestra constitución no os rehúsa nada, puesto que podíais tomarlo todo; en vuestros decretos, nada hay que se os pueda permitir, puesto que no pedís nada y que todo lo tomáis.

Maquiavelo- Sois hábil para la polémica.

Montesquieu- Admitid, sin embargo, que un poco menos que vos para la acción. No obstante, me cuesta creer que, a pesar de vuestra mano fuerte y vuestra visión certera, el país no se revele ante este segundo golpe de Estado que os reservabais entre bastidores.

Maquiavelo- El país cerrará los ojos voluntariamente; pues en la hipótesis en que me sitúo, está cansado de agitaciones, aspira al reposo como arena del desierto después del aguacero que sigue a la tempestad.

Montesquieu- Os excedéis; hacéis con todo esto hermosas figuras retóricas.

Maquiavelo- Me apresuro a deciros que las libertades que suprimo prometeré solemnemente restituirlas una vez apaciguados los partidos.

Montesquieu- Creo que tendrán que esperarlas eternamente.

Maquiavelo- Es posible.

Montesquieu- Es indudable, pues vuestras máximas permiten al príncipe no cumplir su palabra cuando entran en juego sus intereses.

Maquiavelo- No os apresuréis a juzgar; ya veréis el uso que sabré hacer de esta promesa; muy pronto me veréis convertido en el hombre más liberal de mi reino.

Montesquieu- He aquí una sorpresa para la cual no estaba preparado; y mientras tanto, suprimís directamente todas las libertades.

Maquiavelo- Directamente no es la palabra de un estadista; yo no suprimo nada directamente; aquí es donde la piel del zorro debe ir cosida a la del león. ¿De qué serviría la política, si no se pudiera alcanzar por vías oblicuas lo que es imposible lograr por la línea recta? Las bases de mi organización están colocadas, las fuerzas se encuentran prontas; solo resta ponerlas en actividad. Lo haré con todos los miramientos que requieren las nuevas modalidades constitucionales. Aquí es donde deben aparecer como cosas naturales los artificios de gobierno y de legislación que la prudencia aconseja al príncipe.

Montesquieu- Veo que entramos en una nueva fase; me dispongo a
escuchar.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Sine Metu; gracias por entregarnos este material. Obviamente, no hay nada nuevo bajo el sol. Los K no inventaron nada, pero nos lo hacen sufrir. JUAN