
Sobre el caso de Gral. Villegas:
Parece que cuando sucedió el hecho la chica tenía 14 años (o sea más de 13 pero menos de 16) lo que significa que a lo sumo podríamos estar hablando de estupro, que de comprobarse tiene una pena sensiblemente menor a la que eventualmente correspondería si la chica hubiera tenido menos de 13.
Pero no todo es el almanaque, por supuesto.
Porque para cometer abuso a una chica de 14 sí o sí tiene que existir aprovechamiento de la inmadurez sexual, violencia; amenaza, abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia, de autoridad, o de poder.
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Resulta inimaginable que en este caso los actos no hayan tenido un contexto de consentimiento por parte de la menor.
Bueno, estamos hablando de un combo fiestero de acceso carnal por la boca, y aún con violencias y amenazas incursionar por ahí es algo demasiado riesgoso como para hacerlo por la fuerza, y eso todo el mundo sabe por qué.
