10 de julio de 2005

Algo mas sobre las armas prohibidas de los funcionarios K

Hoy La Nación agrega algo más sobre el tema de las pistolas automáticas que se compraron los funcionarios K.
Para ampliar algo el tema aclaro que un arma semiautomática es una en la que tras un disparo se produce el ciclado del arma, y no se repite el disparo si no se presiona nuevamente la cola del disparador. Un arma automática cicla y dispara mientras la cola del disparador (gatillo) se mantenga presionado.
El decreto 395/75, reglamentario de la ley de armas establece :
"ARMAS DE USO EXCLUSIVO PARA LAS INSTITUCIONES ARMADAS: Las no portátiles, las portátiles automáticas, las de lanzamiento, las armas semiautomáticas alimentadas con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o subametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre superior al .22 LR, con excepción de las que expresamente determine el Ministerio de Defensa. Estas armas únicamente podrán ser poseídas y utilizadas por personal de las instituciones armadas de la Nación en actos de servicio."
Por eso digo. Se acabo lo de la igualdad ante la ley.

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