11 de junio de 2009

Summum ius summa iniuria


Bueno, en el caso del sacerdote Grassi no conozco los fundamentos de la sentencia, y eso es un elemento clave para saber por qué los tres jueces llegaron a la 'íntima y sincera convicción' que el cura era culpable de algunos de los delitos que le imputaban.
En principio, me enteré que lo hallaron penalmente responsable de dos casos de abuso sexual sin acceso carnal, agravado por su condición de cura.
Estos dos delitos, obvio, en consurso real.
Luego lo fulminaron con el de corrupción de menores, también agravado, esta vez en concurso ideal con los anteriores.
No me voy a dispersar con el tema -siempre polémico- del concurso de los delitos y esos detalles, porque sería un post larguísimo y no tiene mucho sentido entrar en tópicos tan específicos, máxime teniendo en cuenta que de ninguna manera me considero una experta en eso, y que mi memoria suele fallar con demasiada frecuencia.
De hecho, para considerarlo culpable de 'corrupción' debieron primero considerarlo culpable de los 'abusos', y la sentencia se retroalimenta en sí misma, y eso es algo que -cueste lo que cueste- los jueces deben siempre evitar.
Pero -al menos- debo decir que el 'concurso ideal' hace que el tribunal se base -para establecer las penas- por la escala del delito más grave.
Y le dieron por la cabeza 15 años, aunque todo el mundo sabe que seguirá en libertad hasta que la sentencia quede firme.
Las próximas instancias pueden casar, lo que quiere decir que si bien no se hará un nuevo juicio, la sentencia puede ser modificada, en un todo o en alguna de sus partes.
Lo menos malo que podría pasarle es que dejen las cosas como están.
De ahí en adelante, podrían declararlo culpable de todos o algunos de los hechos que se descartaron, y/o aumentarle la pena que se le impuso ayer.
Es algo difícil -pero para nada imposible- que lo absuelvan, pero la sentencia fue por unanimidad, y eso no ayuda porque -aparentemente- habría poco de dónde agarrarse.
Sería importante saber si en las acusaciones que no prosperaron hubo 'in dubio pro reo' o plena convicción de inocencia, porque aunque a los efectos es lo mismo, ahí puede haber elementos útiles para la defensa.
Bueno, yo estoy convencida que hubo una conspiración, y me acuerdo de la terrorista Lewin, del 'Corcho' Rodríguez y de la víbora Carlotto, entre otros siniestros personajes que pululan en estas tierras de promisión, y no puedo dejar de pensar en eso: 'Concilium fraudis'.
Como quiera que sea, la vida del Sr. Grassi se arruinó sin remedio desde que lo acusaron.
Se me ocurre pensar que si Grassi hubiera estado en prisión todo el tiempo que duró el juicio (lo que no podría durar más de 2 años pero en muchos casos es mucho más) hoy por el dos por uno estaría con los 2/3 cumplidos y podría estar libre.
Todo el tiempo transcurrido desde que lo denunciaron debe de haber sido un verdadero martirio para él, y lo que viene si apela (4 o 5 años más) también lo será, con la espada de Damocles de una sentencia condenatoria encima, enojosas restricciones, y etc.
Me imagino que en la apelación intentarán alegar nuevamente su inocencia, y en simultáneo cuestionar la pena por excesiva, y esas cosas.
Pero el fiscal y los querellantes también apelarán y eso siempre es peligroso.
Bueno, en estos casos tan complejos -cuando te imputan delitos tan graves- no tener antecedentes no ayuda mucho.
Pero no puedo dejar de decir algunas cosas, porque en muchos aspectos la sentencia me parece absurda.
Me parece inadmisible que en la sentencia se afirme que se lo condena : 'según hechos cometidos en fecha indeterminada, en la mañana de un día sábado o domingo de la última quincena del mes de noviembre de 1996 y el 7 de diciembre de 1996, en la localidad y Partido de Hurlingham de este Departamento Judicial, en perjuicio de O.A.A'.
Porque si no se sabe exactamente cuándo y dónde fue el delito, para mí no se probó absolutamente nada de nada y lo único que hay son indicios, porque no están especificadas las circunstancias de tiempo y lugar que son simpre imprescindibles de determinar fehacientemente a la hora de condenar a alguien, y de ahí viene: 'Actore non probante, reus absolvitur'.
Esto es elemental, y cualquiera que esté familiarizado con la profesión lo advertirá rápidamente, incluso aunque no haga penal.
Bueno, si me condenan lo menos que puedo saber es cuándo y dónde cometí el delito que me imputan...
Para empezar, para mí ese defecto de la sentencia es causa suficiente de nulidad, porque no resiste la sana lógica, y además es un absurdo jurídico impresentable.
No viene al caso citar doctrina en un post, así que no me dispersaré en los detalles, y estoy segura que sus defensores lo harán muchísimo mejor de lo que podría eventualmente hacer yo.
Rapidito se me ocurre otra cosa para la nulidad: los dichos de hoy, cuando los jueces temerariamente afirmaron que 'no piensan que Grassi pueda ser reincidente'.
Y digo nulidad, porque el fin de toda condena es lograr una modificación de la conducta del reo, y si los jueces están seguros que no va a reincidir esa condena resulta arbitraria, ya que al autor de un injusto penal no puede aplicársele en ningún caso un castigo, porque el fin de la justicia nunca es la venganza.
Sin dejar pasar que los jueces no deben jamás justificar una sentencia con declaraciones periodísticas, ya que para eso están los fundamentos, y por eso no creo que esa declaración haya sido solamente algo 'poco feliz', sino algo vinculante que decididamente puede ser tenido en cuenta por el superior a la hora de casar.
No puedo dejar de pensar que la sentencia acomodó los tantos para evitar que los extremistas incendiaran el tribunal.
Y que pasado el tiempo, en otras instancias, con otro gobierno y diferentes circunstancias, el fallo se corregirá sin tanto escándalo.
Porque dentro de 3 o 4 años a nadie le importará, y habrá espacio para más razonabilidad.
Bueno, para mí, los dos elementos que mencioné alcanzan y sobran para invalidar la sentencia, porque colisionan con los que se consideran 'principios elementales del derecho'.
Y por eso para mí esta sentencia deviene nula, y su nulidad es insanable, porque contradice los cimientos sobre los que se edifica todo el sistema penal del mundo libre.
No quiero entrar en el espinoso tema que la condición agravante es muy discutible que sea utilizada con reiteración, porque estaríamos frente al agravante del agravante, cosa que no existe y está prohibida en el derecho.
Bueno, pese a esta sentencia -demasiado defectuosa para mi gusto- yo sigo pensando -por mi intuición- que el Sr. Grassi -al menos desde el punto de vista jurídico- es inocente, y espero que el tiempo me dé la razón.
No sé bien por qué -no conozco a Grassi ni tengo la más remota relación con él- pero estos sucesos me ponen mal, y me angustian mucho.
En condiciones normales suelo identificarme con las víctimas -o con las 'supuestas' víctimas- pero en este caso lamento decirles que no he podido hacerlo.
Pero que nadie se confunda, porque yo no soy quien para juzgar a nadie, y mis problemas poco tienen que ver con las causas judiciales de impacto mediático, y es muy posible que me muera sin poder resolver ninguno de ellos, como mi neurosis, mi soledad, o mi anorexia.
Azru Li!
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PS: la frase del título quiere decir: 'La suma del derecho es la suma de la injusticia'.
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5 comentarios:

Victor dijo...

Lo comenté mas de una vez: no estoy seguro (ni mucho menos) que Grassi sea inocente, por la cara mas bien pienso lo contrario. Lo que estoy seguro es que los personajes que llevaron el caso adelante son siniestros y los métodos que usaron el la investigación son estalinistas. Es un caso armado.

Otra cosa de la que estoy seguro es que a los políticos no les gusta cuando un emprendimiento privado tiene éxito y no les debe ningún favor. Quieren tener el monopolio de la beneficencia. Aparte los bienes de la fundación son muy interesantes...

Guillermo dijo...

Los curas nunca supieron manejar correctamente el impacto de las noticias de abusos.
Sin ir más lejos ahí está el megaescándalo de Irlanda de pocos días atrás.
Esto es otra cosa.

Carlos dijo...

Teniendo en cuenta quienes son los interesados en condenar a Grassi, no puedo dejar de sentir que "something is fishy" en todo este asunto.

Corresponsal para BlogBis en el Congreso dijo...

Coincido con Raquel, y sobre todo con Carlos. Sinceramente pienso que Grassi, màs que culpable de abuso deshonesto agravado, es culpable de haber tenido "relaciones carnales" con el poder durante los 90. Siempre hubo mucha plata en juego con la Fundación Felices Los Niños, y habìa crecido tanto, y como la Iglesia, o algún sector de ella està relacionada con la Fundaciòn, se hizo insoportable para ciertos sectores "progres". Raquel: creo que algunos de los argumentos que han dado para la condena, también servían para absolverlo, no? Pero no quiero ni pensar en el escándalo que se hubiera armado si lo absolvían a Grassi, entonces me parece que el Tribunal elegantemente ha generado varias causales de nulidad como para que Casación voltee el fallo.

Martín Benegas dijo...

Que lindo sería vivir en un país donde los tribunales de justicia sólo se enfoquen en juzgar los hechos si importarles la repercusión mediática o el escándalo que pudieran provocar sus fallos ¿no?