31 de julio de 2009

¿Quién es Zelaya?

Al cocalero Evo Morales, al asesino y terrorista "Mono" Jojoy, a la infradotada Cristina Kirchner, al borracho Daniel Ortega, al "demócrata" Raúl Castro, o al payaso Rafael Correa, más o menos los conocemos. Desgraciadamente los conocemos. Son los socios que el "comandante" Hugo Rafael Chavez Frías ha sabido comprar en latinoamérica, a fuerza de petrodólares, como aquellos que trajera Antonini Wilson a la Argentina.

Ahora bien, ¿quién es Mel Zelaya? O en términos políticos, ¿quién era?

Para empezar a responder este interrogante, nada mejor que el inefable Jaime Bayly. Enjoy:


21 comentarios:

Andy dijo...

a)¿De qué vive Venezuela?
b)¿Cuál es su principal cliente?
C) No rompan más las p.... con la sanata "antiimperialista", please....

@PaloMedrano dijo...

Es así, Andy! Lo que ocurre es que las víctimas de toda esta gente, desconoce por completo esa situación, y se come contenta la galletita del "sometimiento" y la "expoliación".

Lo cierto es que la expoliación más terrible que sufre la gente en Latinoamérica, es la que perpetran los políticos, los sindicatos, los líderes sociales, que una vez en el poder, no quieren soltarlo nunca jamás.

No hace falta llegar hasta los extremos de locura y corrupción como el de Chavez para ver esto. Con observar a Moyano, Cavallieri, Pedraza, o a cualquier intendente del conurbano, basta y sobre. Si cualquiera de ellos recibiera las cataratas de dólares que Chavez tiene a su disposición, intentarían hacer lo mismo que éste.

Cristian dijo...

No se si notaron que en un momento de su monologo Bayly pide que los agentes de la CIA intervengan y lo remuevan a Zelaya, en caso de que Dios no pueda juzgarlo. Creo que esta frase resume lo patetico del pensamiento de Bayly y de gran parte de la derecha latinoamericana. Es posible que Zelaya sea un monigote, pero nada de eso justifica un golpe de estado. Los golpes de estado son violaciones a la constitucion y a los mas elementales principios democraticos; son mucho peores que cualquiera de las cosas que haya intentado Zelaya.

Cristian dijo...

Agrego una cosa, que me parece mucho mas terrible aun y que acabo de notar: tambien sugiere que seria una buena idea envenenar a Zelaya, con una dosis de plutonio! Bayly, sin dudas, un gran democrata...

Hegeliano dijo...

MCB para el idiota que no entiende las ironias.

Klaus Pieslinger dijo...

Momento oportuno para reproducir -una vez más- el ARTICULO 239.- El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.

El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.


Donde "de inmediato" significa, a la letra, que no medie comisión ni asamblea ni nada que tenga que decidir lo que ya está establecido.

Cristian dijo...

Perfecto, Klausbert. QUe hacemos, entonces? le decimos a la CIA que lo envenene, como propone Bayly?

David dijo...

Antes tenes que entender el Articulo 2, Klausbert:
"ARTICULO 2.- La soberanía corresponde al pueblo del cual emanan todos los poderes del Estado que se ejercen por representación.
La suplantación de la soberanía popular y la usurpación de los poderes constituidos se tipifican como delitos de traición a la Patria. La responsabilidad en estos casos es imprescriptible y podrá ser deducida de oficio o a petición de cualquier ciudadano."

Si no entendes que signfica es al pedo cualquier debate con vos

El articulo 3 habla sobre la nulidad de los actos que desconozcan los medios y procedimientos establecidos en la constitucion y las leyes
"ARTICULO 3.- Nadie debe obediencia a un gobierno usurpador ni a quienes asuman funciones o empleos públicos por la fuerza de las armas o usando medios o procedimientos que quebranten o desconozcan lo que esta Constitución y las leyes establecen. Los actos verificados por tales autoridades son nulos. el pueblo tiene derecho a recurrir a la insurrección en defensa del orden constitucional."

En ese sentido el procedimiento de remocion de Zelaya viola 2 docenas y monedas de leyes y procedimientos, donde el mas pintorezco es la violacion del Articulo 102:
"ARTICULO 102.- Ningún hondureño podrá ser expatriado ni entregado por las autoridades a un Estado extranjero."

Si no entendes nada de esto permitime decirte que de constituciones y leyes no entendes nada

General Cangallo dijo...

Epa, epa, muy bien, el kirchnerismo ya va abandonando el disfraz peronista que se puso durante los últimos dos años (todavía no está claro a quién pretendían engañar, ni cual era la ventaja de vestirse con un ropaje tan absolutamente quemado), pero tras la espantosa paliza que se comieron el 28 de junio, la verdadera raigambre de su ideología (el chavismo) va saliendo lentamente a la luz.

Para que le quede claro a Cristian, viejo y entrañable troll de la casa, un tipo que rifa su país a los dólares de Chávez, como pretendía hacer Zelaya, no sólo merece ser destituido por la CORTE SUPREMA y el CONGRESO de su país, sino que debería ser colgado, patas arriba, como le ocurrió a Benito Mussolini y a su amante, y como espero le ocurra a todos sus sucesores y admiradores en Latinoamérica, comenzando por Hugo Chávez, que no se hará llamar "il duce" ni tendrá sus "camisas negras", pero se hace llamar "el comandante", y tiene su ejército de "camisas rojas".

A ese fascismo de inspiración castrista, Latinoamérica debe decirle NO.

Si al Zelaya boy-scout que acampa en la frontera, le ocurriera lo mismo que le ocurrió al infortunado comandante Raúl Reyes, nadie lo lamentará.

Yo no sólo no lo lamentaré, sino que haré lo mismo que hice cuando murió el "narco-canciller" de las FARC: brindar con champagne!

Sine Metu dijo...

Si no sos ciudadano hondureño te estás metiendo en donde no te llamaron.
Honduras no es parte del panestado bolivariano, por más que el mico de camisa colorada pretenda.

Klaus Pieslinger dijo...

David: "todos los poderes del Estado" incluye al Legislativo y al Judicial. Zelaya es sólo parte del Ejecutivo, mal que le pese al chavismo y sus seguidores; "se ejercen por representación" significa que no hace falta "convocar" a una asamblea populachera porque siguen en ejercicio todos sus representantes -exceptuando el que violó la Constitución recientemente.
El artículo 3 no tiene lugar ya que el gobierno no es usurpador: una vez más (desconozco tus motivos y voy a omitir calificarlos) confundís "gobierno" con "Mel Zelaya". Espero que no te pase lo mismo con la Incombustible Infame...
El 102 sí fue violado, en ese aspecto espero que Mel ponga el pie nuevamente en Honduras así lo guardan donde debe estar que es en prisión, además de que se coma otro juicio por traición por venderse a potencias extranjeras.

Cristian: Bayly es un zoquete, no un analista político. Pero no tomes lo que dijo como incitación porque a la CIA esas cosas nunca le salen bien. En todo caso los ex-KGB sí saben de esas cosas, hasta hoy con éxito.

MarcosKtulu dijo...

En la imagen congelada del video de Bailey parece que estuviera midiendo lo que le place

Klaus Pieslinger dijo...

No es Zelaya, sino en todo caso el pueblo en funcion de soberano el que propondria (instancia a la que jamas se llegó) la reforma de la "constitucion irreformable"

1. No existe tal cosa como "el pueblo" (así como "el mercado") sino individuos que interactuan. Es un sector el que propondría tal "reforma" que no está claro en qué consiste.
2. Sea un sector o el 99% que lo pidan, la Constitución lo prohibe expresamente.
3. La razón de dicha prohibición es que se trata de una Constitución republicana y como tal deja testimonio de la voluntad de defender los derechos individuales (en vez de la imposición por una mayoría) y dicha prohibición intenta reprimir intentos de vulnerar tales derechos. Si encontrás letra que demuestre qué partes de la actual Constitución restringen dichas libertades y qué reformas buscaban hacer para protegerlas, me gustaría leerlo. Eso "justificaría" quebrar ese principio de "no reformar". Personalmente dudo que la reelección de Presidente y el reemplazo del Congreso por una asamblea sea una avance en las garantías individuales.

No tengo ganas de contestar cada punto por lo extenso (y aburrido para muchos), si querés abrite un blog posteando cada punto para profundizar y seguiré gustoso el debate. Saludos!

Klaus Pieslinger dijo...

Bueno, parece que pasó la guadaña mientras contestaba? =P

David dijo...

No tenes idea Klausbert. Cuando no salis con dogmas cualquiera (eso de los "individuos que interactuan", adonde esta en la constitucion, en la leyes, ... de que pais, planeta o universo estas hablando), apelas a lo que no conoces. Por ejemplo cuando hablas de una supuesta "Constitución republicana" que te vas inventando al galope.
Una sola oracion del Articulo 2 basta para tirar por tierra la constitucion de fantasia de la que supuestamente hablas: "La soberanía del Pueblo podrá también ejercerse de manera directa, a través del Plebiscito y el Referendo."
Querias letra anti-libertaria, anti-republicana, que justificara (ahí sí...) una convocatoria constituyente. Ahí tenes...

Por supuesto que "no esta claro en que consistiria" una reforma, ya que eso es un proceso de discusion, definicion, difusion e informacion que finalmente terminaria por constar en las bases de la consulta de la cuarta urna durante el referendo/plebiscito/consulta, etc. Instancia que impidieron que suceda actuando "por las dudas", es decir suprimiedo algo que ni siquiera estaba postulado todavia, esgrimiendo una irracionalidad a estas alturas, clasica.
El tema surgió aqui, el que trajo cuestiones constitucionales fuiste vos, el que deberia demostrar que sabe de que esta hablando sos vos. No se entiende por que me mandas a otro blog.
Viste que no me equivocaba: Es al pedo. Así les vá tambien.

Klaus Pieslinger dijo...

"No tengo ganas de contestar cada punto por lo extenso (y aburrido para muchos), si querés abrite un blog posteando cada punto para profundizar y seguiré gustoso el debate. Saludos!"

David, cuando puedas releer tranquilo lo que puse verás que no te "mando" a nada. Fue una invitación para no hacer tan densa ésta que es un área de comentarios, por si te interesa debatir cada parte. Si vos te tomás el trabajo de postear cada parte para demostrar tu razonamiento, me parece bien y me interesa comentar tal como vos lo haces en este blog.

Klaus Pieslinger dijo...

Para terminar: http://www.honduras.net/honduras_constitution.html

En el artículo 2 no figura una palabra de lo que escribiste. Ni "plebiscito" ni "referendo". Tampoco en el resto de los artículos. Qué extraño. Qué Constitución leiste para decir lo que argumentas?

David dijo...

Esa es la constitucion original de 1982, luego tuvo reformas a fines de los '80 y principios de los '90.
A mi no me toma mas que un par de cortos parrafos para exponerte argumentos bien sencillos y claros.

Klaus Pieslinger dijo...

Pasmoso tu poder de síntesis, admirable! Puedo suscribirme a tu blog? Tengo listos los anteojos oscuros para no encandilarme ante tu presencia.
Cuando puedas bajarte del pedestal podrías incluir un link a algún texto que ilumine lo que acabas de poner? Yo sólo encontré cosas de este tenor: http://ellibertador.hn/Nacional/12/3038.html donde se comenta algo que -con tanta síntesis- omitiste escribir, y es que para la consulta agregada en la reforma mencionada se requiere la aprobación de dos tercios de los diputados, cosa que a mi humilde entender, tu defendido no pudo conseguir.
Gracias!

David dijo...

En fin, no cazas un fulbo, mezclas absolutamente todo y cuando (recien) haces el esfuerzo de informarte, googleas cualquiera.
Esos requisitos son obligatorios para el referendum de cuarta urna. Un referendum/plebicito es: VINCULANTE, de concurrencia OBLIGATORIA, reglamentado por el Congreso, y en caso de resultado positivo es obligatorio promulgarlo INMEDIATAMENTE como ley sin posibilidad de veto.
La consulta impedida cae dentro de lo que corresponde a consultas no vinculantes, herramientas que estan reglamentadas por otras leyes totalmente distintas y que de ninguna manera tienen peso de ejercicio de soberania porque precisamente, son NO vinculantes, no son obligatorias y no estan reglamentadas por ley especial del congreso sino por leyes existentes con respecto a funciones del ejecutivo o leyes nacionales.
Si (recien) te vas a tomar el trabajo de informarte sobre la realidad legislativa constitucional hondureña por favor remitite a la legislacion actual, no a la de hace 30 años.

Por ultimo te dejo una consulta no relacionada con lo anterior, sobre algo que pasaste muy por arriba. Supongamos que Zelaya violo la constitucion y fue removido de cargo correctamente: Que consideras vos que debe ocurrir con aquellos que dieron la orden (Congreso, presidente nuevo), con los que no movieron un dedo para declarar la inconstitucionalidad del acto (Corte Suprema) y con aquellos que ejecutaron la orden (Fuerzas Armadas) de violar el articulo 102 de la constitucion.

Sine Metu dijo...

Andá a iniciar tu propia guerra civil, David