19 de diciembre de 2009

Escala técnica


Hay un primer principio general que se aplica a todos los gobiernos: la porción de la ciudad que quiere el mantenimiento de las instituciones, debe ser siempre más fuerte que la que quiere el trastorno de las mismas.
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Si quieren que haya un poder que represente el interés general, sólo podrán encontrarlo en la clase media.
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Tan pronto como el pueblo es monarca, pretende obrar como tal, porque sacude el yugo de la ley y se hace déspota, y desde entonces los aduladores del pueblo tienen un gran partido.
Esta democracia es en su género lo que la tiranía es respecto del reinado.
En ambos casos encontramos los mismos vicios, la misma opresión de los buenos ciudadanos; en el uno mediante las decisiones populares, en el otro mediante las órdenes arbitrarias.
Además, el demagogo y el adulador tienen una manifiesta semejanza.
Ambos tienen un crédito ilimitado; el uno cerca del tirano, el otro cerca del pueblo corrompido.
Los demagogos, para sustituir la soberanía de los derechos populares a la de las leyes, someten todos los negocios al pueblo, porque su propio poder no puede menos de sacar provecho de la soberanía del pueblo de quien ellos soberanamente disponen, gracias a la confianza que saben inspirarle.
Por otra parte, todos los que creen tener motivo para quejarse de los magistrados, apelan al juicio exclusivo del pueblo; éste acoge de buen grado la reclamación, y todos los poderes legales quedan destruídos.
Con razón puede decirse que esto constituye una deplorable demagogia, y que no es realmente una constitución; pues sólo hay constitución allí donde existe la soberanía de las leyes.
Es preciso que la ley decida los negocios generales, como el magistrado decide los negocios particulares en la forma prescrita por la constitución.
Si la democracia es una de las dos especies principales de gobierno, el Estado, donde todo se resuelve de plano mediante decretos populares, no es, a decir verdad, una democracia, puesto que tales decretos no pueden nunca dictar resoluciones de carácter general legislativo.

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No diré más respecto del cuerpo deliberante, es decir, del verdadero soberano del Estado.


Aristóteles

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