16 de septiembre de 2010

Curiosidad

(...) el Código Penal (español) de 1870 recogía en su texto la fórmula de la «venganza de la sangre», una facultad criminal concedida a los padres y maridos para matar a sus hijas y esposas, y a los hombres que yacían con ellas.
(...)
Este «privilegio de la venganza de la sangre» fue reintroducido por la dictadura de Franco y revisado en 1963, eliminándolo del Código Penal.

ABC (España)


Hasta hace casi 50 años una sentencia parecida a las que se aplican en Irán a las mujeres adúlteras podía aplicarse en territorio español.

5 comentarios:

Sine Metu dijo...

al-andalus

Sine Metu dijo...

raro que no se trajo a america esa costumbre

Martín Benegas dijo...

Hay una diferencia, en este caso el tipo los podia matar a los 2 si los agarraba in fraganti, en Iran te hacen un juicio, te cagan a latigazos y después te cuelgan de una soga de nylon si sos hombre, si sos mujer te cagan a latigazos y despues te lapidan. Se que en latinoamérica en varios lugares si bien no había una fórmula como la española si matabas a tu jermu y al pata e'lana en el acto la pena era atenuada.

El enmascarado) dijo...

El Código Penal del Paraguay, vigente hasta mediados de los 70, no castigaba al marido que mataba a la mujer sorprendida en flagrante adulterio (en la cama con el amante) en el hogar conyugal.

AMDG dijo...

Ya veo que hay quien distingue la despenalización de la venganza por un adulterio insultante de la penalización del propio adulterio.

Desde luego, si cayera en la debilidad de seducir casadas, no lo intentaría con las de un reaccionario (por lo demás, suelen tenerlas bastante bien folladas), sino con las de esos liberales que cuando sorprenden a la señora en esas circunstancias van discretamente a tomar café media hora.