11 de junio de 2012

Solidaridad



Foto de La Nación (Argentina)

Parece que al aeropuerto de Río Gallegos le falta una silla de ruedas para los pasajeros con problemas de movilidad. A ver si juntamos boletos capicúas para conseguir que les donen una.

6 comentarios:

Francisco dijo...

Aún cuando lo de la rodilla me suene a verso; de necesitar una prótesis ¿tendrá que esperar unos meses hasta que la Aduana libere el envío?
Ahora dudan que la VE viaje a la cumbre del G-20. Me parece que todo este circo tiene que ver con la necesidad de que la mami se quede con el nene, y se evite un reproche monumental del resto del grupo.
Digo, no sé...

raúl dijo...

1) Si la artritis séptica de rodilla es verídica, en un paciente previamente sano (no sé si es el caso) y joven, una de las principales causas a descartar es la drogadicción endovenosa.
2) ¿No es una medida elemental de seguridad aérea que el reabastecimiento se haga sin pasajeros, aunque sea la reina batata o el Emperador del Universo? Hasta en eso son autoritarios.

Francisco dijo...

Raúl
Con respecto al punto 2), no me asombra en absoluto. Desde el 2003, la flota presidencial o aquella puesta al servicio de la familia real ha operado más de las veces 'bajo mínimos'; hay, inclusive, un incidente muy grave con un F28 que llevaba a D. Giorgi y a otros funcionarios a Venado Tuerto, para un acto vende-humo, y ésta amenazó al piloto que si no aterrizaba (no tenía aprox. por instrumentos) 'lo hacía despedir'.
Pruebas al canto. El Learjet de la FAA caído en Bolivia hace unos años atrás, volando por fuera de la envolvente de vuelo admitida por el fabricante.

Tha Smilin' Leprechaum dijo...

"ARTICULO 260. - Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída.

ARTICULO 261. - Será reprimido con reclusión o prisión de dos a diez años e inhabilitación absoluta perpetua, el funcionario público que sustrajere caudales o efectos cuya administración, percepción o custodia le haya sido confiada por razón de su cargo. Será reprimido con la misma pena el funcionario que empleare en provecho propio o de un tercero, trabajos o servicios pagados por una administración pública."

Estos artículos del Código Penal me hacen pensar que la Botox Lady habrá pagado de su carterita la ida y vuelta del T01 para buscar al nene, ¿no?. Aún así, la veo incursa en los tipos de los artículos copyandpasteados...

BlogBis dijo...

Smilin', no se puede emprender algo al respecto?

Sine Metu dijo...

seguro, usó parte del plazo fijo pesificado.