El sector privado es tán eficiente y competitivo como el entorno se lo permite.
A los integrantes del sector privado ineficientes se los llama desocupados.
La ineficiencia de los desocupados no es 100% inherente a ellos mismos sino que el entorno político económico tiene un componente importante de culpa.
El sector público no es eficaz ni eficiente.
La política no es eficaz ni eficiente.
Los empleados públicos tienen estabilidad.
NO HAY DESOCUPADOS DEL SECTOR PUBLICO.
Las personas que cobran un sueldo del estado se pueden dividir en:
Los que se ven, en las dependencias públicas a las que nos toca visitar, quienes se dividen en:
- Los que realmente trabajan.
- Los que trabajan poquito.
- Los que se rascan a cuatro manos.
- Los ñoquis, o becarios, o subsidiados de lujo.
- Los que cobran un sueldo en el estado para realizar tareas en el partido político.
- Los que figuran como que cobran para que otro se lleve la plata.
Algunos realizan tareas que obstruyen, impiden o alteran la competitividad y eficiencia del sector privado.
La mayoría de estas tareas son diseñadas o decididas por los políticos. Algunos trabajan en entes públicos que son redundantes, superfluos o inútiles.
Los que a su vez están llenos de cobradores de sueldo de las otras categorías.
Algunos de estos entes se denominan Ministerios, Secretarías, Subsecretarías, Direcciones, etc.
Entonces, nos queda la porción de los que realmente trabajan brindando un servicio a los ciudadanos.
A todos los demás hay que echarlos.
ECHARLOS.
Van a quedar desocupados.
Esto es una tragedia individual para cada uno de ellos.
Terrible tragedia para ellos.
Pero es lo que se necesita para que TODOS tengamos la esperanza de estar mejor.
No para que estemos mejor.
Para que a penas tengamos ESPERANZA.
Recordemos que los trabajadores privados desocupados también viven una tragedia, y no tienen una estabilidad que los proteja.
4 comentarios:
Todos los intentos por corregir esta aberración fracasaron.
Recuerdo un fallo:
'La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por unanimidad, declaró nulo e inconstitucional una norma del convenio colectivo para los trabajadores de Aduanas (artículo 7º, del CCT 56/92'E'), que disponía que si un agente era despedido sin causa justificada sólo tenía derecho a percibir la indemnización prevista en la Ley de Contrato de Trabajo.
En el caso 'Madorrán María c/ Administración Nacional de Aduanas', la empleada, al tiempo que cuestionó los fundamentos por los que había sido despedida, impugnó dicha norma por impedirle reclamar la reinstalación en el cargo.
La Corte Suprema, al confirmar el fallo de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, juzgó que la 'estabilidad del empleado público” enunciada por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional era la llamada estabilidad propia o absoluta, por la cual de no haber sido el agente segregado por motivos razonables, le asiste el derecho a ser reincorporado'.
http://www.infobaeprofesional.com/notas/45677-Fallo-Madorran.html
Excepcional post!
En mi épocas de facultad, me tocó hacer una pasantía en una dependencia estatal que -según fui descubriendo- era totalmente inservible. Para colmo, estaba colmada de gente que no hacía absolutamente nada durante la jornada laboral. No me lo contó nadie. Lo ví yo.
El 14 bis es la única parte de la Constitución, que estos bichos no usan como papel higiénico.
excelente post.
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