27 de agosto de 2009

Delusion


Libertad de expresión no puede convertirse en libertad de extorsión.

Cristina Kirchner

Bueno, como no tengo la menor idea de lo que está hablando, ni le puedo encontrar relación alguna con el tema de la radiodifusión, que en todo caso la botóxica infame -que dilapida US$ 1 millón por día en la pauta oficial- le ordene al procurador que vaya a la fiscalía y haga la denuncia.
Le paso los artículos, por si no los conoce, o se le chispotearon:

Libro Segundo.
Título VI - Delitos contra la propiedad.
Cap. III - Extorsión:
Art.168.- Será reprimido con reclusión o prisión de cinco a diez años, el que con intimidación o simulando autoridad pública o falsa orden de la misma, obligue a otro a entregar, enviar, depositar o poner a su disposición o a la de un tercero, cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos.
Incurrirá en la misma pena el que por los mismos medios o con violencia, obligue a otro a suscribir o destruir documentos de obligación o de crédito.
Art.169.- Será reprimido con prisión o reclusión de tres a ocho años, el que por amenaza de imputaciones contra el honor o de violación de secretos, cometiere alguno de los hechos expresados en el artículo precedente.
Art.170.- Se impondrá reclusión o prisión de cinco a quince años, al que substrajere, retuviere u ocultare a una persona para sacar rescate. Si el autor lograre su propósito, el mínimo de la pena se elevará a ocho años.
Art.171.- Sufrirá prisión de dos a seis años, el que substrajere un cadáver para hacerse pagar su devolución.
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1 comentario:

Andy dijo...

Les caben todos!!!