23 de noviembre de 2009

Esclavos del poder central


"Corresponde al Congreso (...)
Inc 24: Autorizar la reunión de las milicias de todas las provincias o parte de ellas, cuando lo exija la ejecución de las leyes de la Nación y sea necesario contener las insurrecciones o repeler las invasiones. Disponer la organización, armamento y disciplina de dichas milicias, y la administración y gobierno de la parte de ellas que estuviese empleada en servicio de la Nación, dejando a las provincias el nombramiento de sus correspondientes jefes y oficiales, y el cuidado de establecer en su respectiva milicia la disciplina prescrita por el congreso.”

El texto anterior desapareció por arte de magia de la Constitución Nacional, eliminando toda mención a la facultad provincial de reunir gente en armas para suplir la ausencia de fuerzas federales.
Finalmente, las provincias quedaron inermes, en la nefasta reforma de 1994.

2 comentarios:

Klaus Pieslinger dijo...

No hay que reconocer ninguna de las reformas del siglo XX.

@PaloMedrano dijo...

Una sola palabra: Alfonsín.