13 de enero de 2010

Para los que están flojos de papeles

Un fallo consideró "adúltero" a un hombre que hacía años estaba separado de su mujer.
Los jueces tuvieron en cuenta que había comenzado otra relación sin haberse divorciado de su esposa.

Y para el Código Civil, un matrimonio debe ser fiel hasta su fin legal.
Entre los argumentos de los jueces de la Sala A de la Cámara Civil, se lee: "Resulta indispensable el pronunciamiento judicial que decrete la separación o el divorcio de los cónyuges, pues mientras tanto, la comprobada relación sexual extramatrimonial provoca la configuración de la causal de adulterio. La circunstancia de que se hubiera producido la separación de hecho entre los esposos, de ningún modo los autoriza a cometer esta afrenta, en tanto el deber de fidelidad se perpetúa durante la vigencia del vínculo y no concluye por el mero distanciamiento, que carece de virtualidad para exculpar las transgresiones cometidas respecto a ese fundamental deber".
Los jueces Hugo Molteni, Ricardo Li Rosi y Fernando Posse Saguier respondieron así al reclamo de la mujer quien dijo que, más allá de la voluntad común de ruptura del vínculo, había adulterio por la relación que su ex pareja mantenía con otra mujer.

Clarín

Si hay adulterio hay daño moral.
Bueno, este contencioso se arregla solamente con la chequera, obvio.

2 comentarios:

Mariano Iraola dijo...

Que raro. Trabajo en los Juzgados de Familia que dependen de la Cámara de Apelaciones que cita el artículo y hay mucha jurisprudencia que dice que no hay adulterio una vez producida la separación de hecho.
Saludos.

Pingo dijo...

El derecho no debería avanzar de esa forma por sobre el hecho. El sentido común debe primar en la justicia.