11 de febrero de 2010

A plantar el arbolito


Una jueza federal de Rosario declaró inconstitucionales e inaplicables tres artículos del organismo nacional por los que ejerce el uso público en los banco privados de criopreservación; la polémica medida ya tiene veinte sentencias apeladas por el Estado.
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Las sentencias, no obstante, no están firmes, ya que el Incucai las ha apelado y, por lo tanto, la norma sigue vigente.


La Nación

Con la mejor de las intenciones quiero avisarles a los chicos de La Nación que no es así.
Las sentencias no están firmes, es cierto, porque el Estado apeló, pero eso no significa que los amparos no sean efectivos, ya que subieron con efecto suspensivo.
Lo que debió decir es que las medidas se aplican únicamente a los casos en litigio, porque cualquier declaración de inconstitucionalidad no tiene un efecto generalizado.
De hecho, el amparo rige únicamente sobre el amparista.
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La norma, en consecuencia, sigue vigente para los que no lo plantearon.
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Todo terminará en la Corte Suprema, pero los próceres se expidirán únicamente sobre esos casos concretos.
Desde ya, un fallo de inconstitucionalidad de la Corte ayuda mucho, pero exclusivamente a los que eventualmente por su cuenta inicien una demanda.
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