Mostrando las entradas con la etiqueta ley del ADN. Mostrar todas las entradas
Mostrando las entradas con la etiqueta ley del ADN. Mostrar todas las entradas

18 de octubre de 2009

New world order


Siguiendo el hilo, todo el mundo sabe que la Justicia en la tierra de promisión puede citarte a declarar.
Si de alguna manera sos sospechosa de haber cometido un delito, esa declaración es una indagatoria, y por lo tanto no estás obligada a decir nada, y eso no puede considerarse de ninguna manera presunción en tu contra, porque nadie está obligado a declarar contra sí mismo.
Si piensan que vos viste u oíste algo, te pueden citar a hacer una declaración testimonial, y en tal caso tendrás que decir la verdad, porque no estás imputada de nada y únicamente podés ser eventualmente acusada de 'falso testimonio', si es que mentís.
En algunos casos podrías alegar que no estás autorizada a decir nada, como por ejemplo si lo que sabés está bajo el manto de algún 'secreto' amparado por la ley, como el 'secreto médico' y esas cosas.
Pero no es para nada imposible que una declaración testimonial se transforme en un segundo en una indagatoria y te pongan las esposas, si por tus dichos el ministerio público fiscal estima que hay algo raro en tu situación, pero nada tendrá validez si no te avisan de la modificación, porque tus derechos según el caso cambian muchísimo.
Hecha esta tonta aclaración, vuelvo a referirme al caso de las extracciones compulsivas del ADN o la recolección de rastros biológicos identificatorios mediante un allanamiento, en el tema que estuve hablando aquí y aquí.
El asunto es que si vos sos una persona adulta y la orga supone que tus padres en realidad no son tales porque hubo un fraude documental, tu situación tiene una lectura fácil: en el caso eventual que se probara el ilícito penal, a lo sumo podrías ser testigo, porque de ninguna manera sos responsable de lo que hicieron con vos cuando naciste.
Y aunque supieras que la adopción fue ilegal, estarías -hasta ahora- amparada en el 243 que te faculta a no declarar contra quienes vos considerás que son tus familiares directos, siempre hablando de una testimonial.
...
No quiero dispersarme ni abundar en detalles, pero es claro que o sos imputada o sos testigo, y que de ninguna manera podés ser ambas cosas al mismo tiempo, porque existe un conflicto legal de índole constitucional ya que tus derechos son absolutamente diferentes.
...
Llegado el caso, eventualmente, si querés podrás constituirte con auxilio letrado como querellante civil, cosa que para nada es rara sino que por el contrario es algo bastante habitual.
En ese extremo, con algunas limitaciones, estarás como parte en el juicio.
...
Desde ya, tengamos en claro que todo este rollo viene por el tema de los niños supuestamente 'desaparecidos' durante la última dictadura militar, así que todo el mundo entiende de lo que estoy hablando, porque esta es una ley política.
...
Bueno, en el supuesto que yo fuera 'hija de desaparecidos durante la dictadura militar', está bastante claro que a lo sumo yo sería una víctima, y que en ningún caso sería responsable de algún delito.
Obviamente tengo un 'padre' y una 'madre' legales, con quienes atesoro determinados vínculos afectivos, y creo que sería apropiado y justo que el poder jurisdiccional se limitara en tanto y en cuanto yo quisiera o no que siguieran hurgando en el asunto.
...
La mala noticia es que la ley del montonerato -que estoy segura que se aprobará con el voto entusiasta de todo el ladriprogresismo argento- crea en la práctica un nuevo status legal, y me introduce en él sin anestesia y sin la posibilidad de evitarlo, vulnerando mis derechos.
Porque al anular los efectos del 243 y al habilitar mediante una ley las prioridades políticas de la orga, siendo 'testigo' y/o a lo sumo 'querellante civil', el juez está facultado para extraerme sangre con el auxilio de la fuerza pública para una comprobación con las muestras disponibles.
Y si me niego, el juez está legalmente habilitado para allanar mi vivienda o donde quiera que yo esté, para secuestrar mi cepillo de dientes, o mi peine, o mis bombachas.
...
La normativa estipula entonces, en realidad, que el poder jurisdiccional se extiende genéricamente al universo de los testigos y/o de los querellantes civiles, que se transforman como por arte de magia en sospechosos de nada, pero sospechosos al fin, una especie de limbo jurídico que reconoce una categoría especial que está entre los testigos y los imputados, y que vulnera groseramente el artículo 19 de la C.N.

Las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados. Ningún habitante de la Nación será obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe.

Desde ya, el instrumento legal que impulsa el kirchnerismo es totalmente anticonstitucional, porque la principal víctima -en todos los casos imaginables- como tal, está totalmente fuera de la autoridad de los magistrados, y hay que respetar su voluntad, y a otra cosa mariposa.
...
Allanar la casa de los testigos y/o eventualmente querellantes civiles pesquisando pruebas me parece una enormidad, es un absurdo jurídico infernal, que de ninguna manera puede tolerarse en un estado de derecho.
.