Es curiosa la desigualdad en la edad mínima que fija la ley para contraer matrimonio: la mujer puede casarse a partir de los 16 años, el varón a partir de los 18.
El Comité de Derechos Humanos en la Observación general Nro: 28 dictaminó que 'la edad mínima para contraer matrimonio... debería ser fijada por el Estado sobre la base de la igualdad de criterios para el hombre y la mujer'.
Existe -de hecho- una discriminación, porque una edad más baja para la mujer legaliza ciertas concepciones patriarcales sobre el matrimonio y el rol de la mujer en él.
Seguramente los motivos del legislador -no explicitados en la norma- han sido siniestros.
PS: ante el calor que azota estas tierras de promisión, la imagen que ilustra el post sólo intenta confortar visualmente a los asiduos lectores del blog.
1 comentario:
helado de chocolate vendria mejor
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